
Diferencias entre colegios concertados y colegios privados
Para aquellos profesores y maestras que están pensando en trabajar en colegios concertados y privados, explicaremos sus principales características.
1. Colegios concertados
Los colegios concertados (privados-concertados) se caracterizan porque existe un acuerdo económico con la administración en aquellos gastos que se derivan directamente de la escolarización. La administración financia parte de los gastos escolares del centro.
A cambio, el colegio concertado debe de cumplir con una serie de obligaciones:
– Gratuidad en la enseñanza concertada con la administración
– Se renuncia a tener un carácter lucrativo.
– No hacer discriminaciones ni en la admisión de alumnos ni en la selección de profesores.
– Cumplir con las necesidades de escolarización de las zonas donde están establecidos los colegios concertados.
– Cumplir con la ley educativa establece (LOE)
2. Colegios privados
Los colegios privados no están subvencionados por la administración pero tienen la autorización del Ministerio de Educación para las enseñanzas regladas correspondientes.
Como el estado no subvenciona, únicamente se les exige que cumplan con ley educativa vigente (LOE)
Ejemplos de este tipo de centros son colegios pertenecientes al Opus Dei (y no todos), a los Legionarios de Cristo, Colegios Internacionales, etc.
En cvexpres enviamos el curriculum a colegios privados y concertados. En algunas ocasiones nos piden que eliminemos los que son privados-privados, lo cual suele ser bastante complicado ¿Cuáles son los que no tienen ningún tipo de concierto con la administración (en primaria, en la ESO, en bachillerato…)?. La gran mayoría poseen algún tipo de concierto con la administración.
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